Bases y Condiciones del Programa
Semillero de Futuro
Edición 2020
01. Organizador
El Organizador del Programa “Semillero de Futuro - Edición 2020” (en adelante “Programa”) es Bayer Fund (“Bayer Fund”), una fundación constituida bajo las leyes del estado de Missouri, Estados Unidos de Norteamérica, con domicilio en 800N. Lindbergh Bv. St. Louis, MO 63167.
02. Conocimiento
La participación en este Programa implica el total conocimiento y aceptación de las presentes Bases y Condiciones del Programa “Semillero de Futuro, Edición 2020” (las "Bases"), las cuales regirán la totalidad de las relaciones entre cada Institución Participante y Bayer Fund en relación al Programa. Bayer Fund determinará con carácter inapelable, el criterio a aplicar en cualquier situación no prevista expresamente en las presentes Bases, siendo la única entidad interpretativa de las mismas. La aceptación de las Bases autoriza el envío de información periódica por parte de Bayer Fund, como así también de Bayer AG y/o sus subsidiarias y/o sociedades Relacionadas participantes.
03. Objetivos del Programa
El objetivo de este Programa es financiar aquellos proyectos de alto impacto social que
resulten “elegidos” o “beneficiados” de acuerdo a lo establecido
en estas Bases, con el fin de mejorar el acceso y las condiciones de alimentación
en las comunidades participantes (en adelante los
“Proyectos”).
Los Proyectos
deberán versar o estar orientados a favorecer iniciativas relacionadas a
paliar deficiencias alimenticias y nutricionales, problemáticas de
malnutrición, recupero de alimentos, acceso al agua potable, enfermedades
relacionadas a la alimentación y acceso a los alimentos y/o mejoras en los
sistemas de producción de los mismos en las
provincias y países detallados en el punto 5 de las presentes Bases y
Condiciones.
Adicionalmente, se
beneficiarán proyectos
relacionados a la producción de alimentos por parte de familias que
vivan y
trabajen en pequeños establecimientos rurales en la zona de
influencia del
presente Programa.
El fondo asignado a
donaciones, para esta Edición
del Programa, asciende al monto de US$ 544.000 (dólares
quinientos cuarenta y
cuatro mil), donados por Bayer Fund. El fondo se distribuirá y
asignará a los Proyectos que resulten beneficiados conforme se
define en los
puntos 8 y 9 de las presentes Bases y Condiciones.
04. Requisitos para participar del Programa
-
4.1 Instituciones
Pueden participar todas aquellas instituciones sin fines de lucro, tales como Fundaciones, Asociaciones Civiles, Cooperadoras Escolares, Cooperativas de Trabajo, Cooperativas de Pequeños Productores y Sociedades de Fomento (en adelante “las Instituciones Participantes”) que presenten un (1) proyecto conforme estas Bases y Condiciones y, que reúnan los siguientes requisitos:
- Que se encuentren domiciliadas dentro de los territorios mencionados en el punto 5 de las Bases y Condiciones.
- Que acrediten más de dos años de gestión efectiva en su zona.
- Que posean y acrediten personería jurídica formalmente otorgada, y constancia de inscripción impositiva, en situación regular.
- Que ninguno de sus directores y/o administradores sean funcionarios de gobierno; candidatos a cargo público o dirigentes de partidos políticos.
- Que sean titulares de una cuenta bancaria abierta en una entidad financiera regulada por el Banco Central del país de origen.
-
4.2 Beneficiarios
- Relacionarse con avances tecnológicos y/o innovaciones en Nutrición/Alimentación, Producción de Alimentos y/o Seguridad alimentaria y/o Salud alimentaria
- Contribuir al desarrollo económico local
- Favorecer la inclusión social, dando acceso a oportunidades de desarrollo humano.
- Ser sostenibles en el mediano plazo (3 años) demostrando, a priori, su capacidad para mantenerse operativos sin depender de un gran donante o subsidio estatal específico.
- Orientar los fondos solicitados a la adquisición de equipamiento, herramientas o insumos productivos, excluyendo la compra de rodados e inmuebles.
- Potenciar la iniciativa mediante el trabajo en red con otras instituciones.
- Excluir las acciones que tiendan a cubrir déficits del sector público y/o acciones de tipo asistencialista.
- En caso de incluirse sueldos / honorarios de personas vinculadas a la institución, ellos no deberán superar el 20% de los fondos solicitados por cada proyecto.
- Es deseable que el aporte de Bayer Fund sea acompañado por otras fuentes de apoyo laboral, tecnológico y/o financiero hacia la Institución beneficiaria del Programa.
05. Alcance Geográfico del Programa
El Programa alcanzará en la República
Argentina el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las
provincias
de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos,
Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, San Luis,
Santiago del Estero, Santa Fe y Tucumán.
También
los territorios de la República Oriental de Uruguay, la República del
Paraguay, la República de Chile y el Estado Plurinacional de
Bolivia.
06. Vigencia del Programa
El Programa tendrá vigencia desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020 (el “Plazo de Vigencia”), y/o hasta agotar la suma de US$544.000 (dólares quinientos cuarenta y cuatro mil) comprometidos por Bayer Fund para financiar proyectos a través de este Programa.
07. Mecanismo para participar y procedimiento de selección de los proyectos
- Las instituciones que deseen participar deberán presentar el Formulario de Aplicación de Proyecto exclusivamente por mail y la documentación exigida en el párrafo siguiente (punto b) a la Coordinación del Programa a cargo de Asociación Civil “INICIA Emprender para el futuro”.
- Las instituciones participantes deberán presentar la siguiente documentación: (i) Formulario de Aplicación de Proyecto que estará disponible en la página de Internet: www.semillerodefuturo.com. Dicho formulario deberá estar completado por la/s persona/s con facultades para representar a la Institución y (ii) documentación legal correspondiente en cada caso (Estatuto vigente, copia del último acta de designación de autoridades, constancia de CUIT o RUT según corresponda, copia del último balance, condición frente a impuestos, número y tipo de cuenta bancaria y Banco con el que opera la Institución Participante)
- El plazo para la presentación de los proyectos y documentos para la primera etapa del Programa comenzará el día 1° de febrero y finalizará el 15 de abril de 2020.
- Los proyectos deberán ser enviados por mail a semillero.de.futuro@bayer.com y a la Coordinación del Programa proyectos@semillerodefuturo.com a cargo de Sr. Juan Padilla y/o Sra. Victoria Salas, quienes evaluarán los proyectos y posteriormente los presentarán ante el Comité Evaluador de Proyectos.
- El Comité Evaluador de Proyectos estará integrado por un máximo de 16 personas: entre ellos miembros de las Sociedades relacionadas a Bayer de cualesquiera de los territorios comprendidos en el presente Programa y los restantes serán personas pertenecientes a reconocidas instituciones relacionadas al sector social de los países participantes; quienes serán los encargados de elegir los Proyectos beneficiarios. Las decisiones que tome el Comité serán inapelables.
- El Comité Evaluador de Proyectos se reunirá para evaluar los Proyectos presentados. Los Proyectos que hubieren resultado elegidos según el criterio de dicho Comité, serán informados por la Coordinación del Programa hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, por medio de comunicación escrita a cada institución elegida como beneficiaria del Programa, con copia al contacto directo de cada proyecto. Asimismo, la información sobre los proyectos elegidos estará disponible en la página de Internet: www.semillerodefuturo.com
08. Fondo de financiamiento del Programa
Cada proyecto que resultare elegido por el Programa “Semillero de Futuro
Edición 2020” tendrá un financiamiento mínimo de USD 8.000 (ocho
mil dólares) y un máximo de USD16.000 (dieciséis mil dólares). Para las organizaciones beneficiarias de la
República Argentina el financiamiento se efectuará en pesos argentinos al
tipo de cambio vendedor del dólar estadounidense divisa, informado por el Banco
de la Nación Argentina, al cierre de sus operaciones, del día hábil
cambiario anterior a la fecha de desembolso; o en dólares a través de una
transferencia bancaria a una cuenta en dólares informada previamente por la
institución beneficiaria. En el caso de Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay el
financiamiento se realizará en dólares.
En ningún caso
la institución que resultare beneficiaria del financiamiento otorgado por el
Programa podrá ceder a terceros dicho financiamiento, ni total ni parcialmente,
ni utilizar parte de los fondos para otro proyecto distinto del que hubiere resultado
elegido por el Programa o cualquier otro fin. En caso de hacerlo, Bayer Fund le
reclamará la devolución total e inmediata de los fondos donados bajo esta
condición, más los daños y perjuicios que dicho accionar pudiera
causarle.
09. Postulación de un proyecto adicional entre los que resultaran beneficiados en la primera instancia.
Las instituciones cuyos proyectos resultaran beneficiados
en la primera instancia, tendrán la posibilidad de presentar un segundo
proyecto o un adicional del proyecto beneficiado, para ser financiado por US$20.000
(dólares veinte mil). Si los elegidos fuesen instituciones argentinas, el
desembolso se efectuará en las mismas condiciones definidas para la primera
etapa.
En esta segunda etapa, cada institución
beneficiaria de la primera instancia podrá presentar un único proyecto que
será sometido a un proceso de selección, del cual el Comité
Evaluador elegirá 3 (tres) entre todos los presentados. A estos 3 proyectos se
les producirá un material audiovisual durante el mes de septiembre de 2020 y
serán sometidos a votación abierta al público mediante redes
sociales durante el mes de octubre de 2020. El proyecto que resulte más votado
recibirá un fondo extra de U$S 3.000 (tres mil dólares) para realizar una
capacitación relacionada a la temática del mismo.
Estos
proyectos serán de mayor envergadura que los beneficiados en primera instancia,
deberán ser innovadores en su formulación
o proceso de ejecución, debiendo estar relacionados con mejoras en la
Nutrición y la Alimentación preferentemente de madres y niños
de hasta 5 años de edad, o a familias
que vivan y trabajen en pequeños establecimientos rurales en la zona de
influencia del presente Programa.
Las instituciones que deseen
participar de esta segunda etapa deberán presentar el Formulario de
Aplicación de Proyecto Adicional que
se les entregará al ser notificados de que fueron elegidos en la primera
instancia del Programa, acompañado del último balance de
gestión con informe del auditor.
Los proyectos
deberán ser enviados por mail a semillero.de.futuro@bayer.com y a la Coordinación del Programa proyectos@semillerodefuturo.com a cargo de Sr. Juan Padilla y/o Sra. Victoria
Salas, quienes evaluarán los proyectos y posteriormente los
presentarán ante el Comité Evaluador de
Proyectos.
El plazo para la presentación de los proyectos
adicionales y documentos correspondientes comenzará el día 15 de junio y
finalizará el 30 de julio de 2020.
10. Adjudicación, entrega del fondo de financiamiento y plazos para la ejecución de los proyectos beneficiarios del Programa
- Los fondos de
financiamiento de la primera instancia del Programa serán entregados a
las instituciones que resulten beneficiadas, durante los meses de junio y julio
de 2020. El pago del aporte adicional se realizará en septiembre de 2020.
Los pagos los efectuará la Coordinación General del Programa
“INICIA Emprender para el futuro” Asociación Civil,
directamente a través de transferencia bancaria a las instituciones
ejecutoras de los proyectos elegidos por el Programa, las que firmarán
recibos de pago estándar, que deberán ser enviados dentro de las
72 hs de acreditado el pago, a INICIA, atención Sr. Juan Padilla y/o Sra.
Victoria Salas, a la dirección: Ruperto Mazza 175, Tigre, Provincia de Buenos Aires, Argentina. CP 1648.
- En el transcurso de los
meses de julio y septiembre de 2020, deberá comenzar la ejecución
de los Proyectos que hubieren resultado beneficiados en la primera etapa. Una
vez transcurridos cuatro (4) meses desde la entrega de los fondos asignados por
el Programa, cada institución beneficiaria deberá presentar un
informe parcial sobre los avances del proyecto financiado, en el
Formulario de Seguimiento de Proyecto que les será entregado oportunamente por la
Coordinación del Programa.
- Al finalizar la
ejecución de su Proyecto, las instituciones que hubieren resultado
beneficiadas por el Programa deberán hacer una rendición total de
la aplicación de los fondos recibidos y un estado general de
situación del proyecto, de acuerdo a las pautas que les comunicará
la Coordinación General del Programa. Además, junto con el informe
y rendición de gastos, deberán entregar a la Coordinación
General del Programa al menos cuatro (4) fotografías que ilustren de la
mejor manera el proyecto. En el caso de que se fotografíen menores, las
imágenes deberán ser remitidas a Inicia con los correspondientes
formularios de Cesión de Derechos de Imagen firmados por el padre y madre
o tutor de los mismos.
- En caso de que la
Coordinación General del Programa informare a Bayer Fund que un proyecto
elegido no pudiere comenzar la ejecución del mismo en el plazo
establecido en las Bases y Condiciones, Bayer Fund podrá exigir el
reembolso de la totalidad de los fondos que hubiere recibido la
institución ejecutora del proyecto en virtud del presente Programa,
notificando por escrito a la institución ejecutora el plazo máximo
en el que deberá operar dicho reembolso, a fin de permitir a Bayer Fund
la recolocación de dichos fondos en algún otro proyecto recibido,
que será elegido conforme el procedimiento establecido en las presentes
Bases y Condiciones.
- Los beneficios otorgados
por el presente Programa no serán cedibles a terceros, ni total ni
parcialmente.
11. Responsabilidades
Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o Sociedades Relacionadas, no serán en ningún caso responsables por errores humanos y/o acciones deliberadas de terceros y/o causas de fuerza mayor, que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo del Programa. Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas no se responsabilizan en ningún caso por los daños y/o perjuicios y/o pérdidas que la participación en el Programa pudiera causar en los participantes de este Programa o a terceros en sus personas o bienes.
12. Difusión de las Bases y Condiciones
La promoción y/o difusión del presente Programa y sus resultados, se realizará, a exclusivo criterio de Bayer Fund a través de medios gráficos y/o televisivos y/o radiales y/o cualquier otro medio de comunicación masiva autorizado, como Internet, afiches y volantes en la vía pública.
13. Modificaciones
Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, sin alterar la esencia del Programa, en el supuesto de ocurrencia de un caso fortuito o de fuerza mayor, o bien por causas ajenas a dichas entidades. En cualquier caso, un cambio en las presentes Bases no afectará la elegibilidad de los participantes que hayan cumplido con las condiciones de las Bases originales, antes de haber sido modificadas. Ninguna modificación generará derecho a indemnización alguna para el participante y/o reclamo de los saldos restantes, siendo suficiente notificación para los participantes la que se realice mediante anuncio en la página web www.semillerodefuturo.com
14. Autorización
Todo Participante se compromete a ceder su imagen por el mero hecho de participar en el Programa “Semillero de Futuro, Edición 2020” y autoriza a Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas a utilizar y/o reproducir y/o difundir su nombre, documento, domicilio, datos personales, voz y/o imagen, ya sea mediante videos, fotografías u otros medios de representación, en los medios, soportes, oportunidad, lugar y formas que Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas y/o quien estas designen, consideren conveniente, y sin restricción de tiempo y/o lugar. En virtud de esta autorización el participante no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la reproducción, difusión y/o utilización mencionada precedentemente. La información concerniente a cada participante será almacenada por Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas, cumpliendo con las normativas locales relativas a protección de la información y datos personales de cada uno de los países involucrados.
15. Datos Personales
Los Participantes prestan su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales respetando siempre la legislación local de cada país de origen. Los datos personales declarados durante la participación en el presente Programa serán objeto de tratamiento autorizado por Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas. La información y datos recolectados podrán ser almacenados en un registro, fichero, base de datos, electrónico o de cualquier otro tipo de su propiedad, y podrán ser utilizados con fines promocionales y comerciales por Bayer Fund y/o sus Subsidiarias y/o sus Sociedades Relacionadas. El suministro de los datos es facultativo. Para el acceso, actualización, rectificación, cancelación, bloqueo o retiro de algún dato informado, deberá dirigirse a Thomas Henshaw al siguiente e-mail: thomas.henshaw@bayer.com.
16. Domicilio. Ley aplicable y Jurisdicción
A los efectos del presente Programa, Bayer Fund constituye domicilio especial en Av.
Ricardo Gutiérrez 3652, Munro, Provincia de Buenos Aires, República
Argentina.
Toda relación que en virtud del Programa “Semillero
de Futuro, Edición 2020” se genere entre el participante y Bayer Fund
será regida y concertada con total sujeción a las leyes del país de
origen de la Institución Participante, renunciándose a cualquier otra ley
a cuya aplicación pudiera tener derecho.
Para cualquier
cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Programa
“Semillero de Futuro, Edición 2020”, los participantes y Bayer Fund
se someterán a la jurisdicción de los Tribunales correspondientes a la Ley
aplicable.